Abogados de Inmigración
El formulario de exención I-601 es usado para crear un proceso alterno en la presentación de exenciones de inadmisibilidad para extranjeros que tienen un pariente que cumple con todos los requisitos de ser un ciudadano americano o residente permanente legal y quienes sufrirán tremendamente si el extranjero es deportado. En el pasado usted tenía que salir de los Estados Unidos antes de aplicar para una exención provisional de presencia ilegal y esperar por una respuesta. Pero a partir de Marzo del 2013, usted puede aplicar por un formulario de exención provisional mientras todavía esté en los Estados Unidos. Si usted está considerando hacer una exención I-601, favor de hablar con los abogados de inmigración de la Chávez Law Group inmediatamente.
I-601A – Exención Provisional de Presencia Ilegal
La exención provisional de presencia ilegal I-601A puede drásticamente acortarle el tiempo en que tenga que estar fuera de los Estados Unidos y alejado de su familia mientras esté esperando su exención de inadmisibilidad.
En vez de salir del país antes de aplicar por la exención, usted puede aplicar por el formulario de exención I-601A antes de salir del país. Esto significa que usted no tiene que salir del país, esperar años fuera de los Estados Unidos esperando a que lo aprueben. Una I-601A exención provisional puede significantemente acortarle el tiempo que usted esté lejos de su seres queridos en los Estados Unidos.
La I-601A exención provisional es solamente para personas con presencia ilegal y no perdona inadmisibilidad fundamentada de otras maneras como antecedentes penales, fundamentos médicos, engaño u otras formas.
Para obtener una exención provisional I-601A usted tiene que tener un pariente que cumpla con todos los requisitos, eso significa un conyugue o padre de familia que sea ciudadano norteamericano. Usted también tiene que probar que su pariente que cumple con todos los requisitos sufriría tremendamente si usted es forzado a mantenerse fuera de los Estados Unidos.
Bajo la ley actual, las exenciones I-601A se le darán solamente a parientes de ciudadanos americanos, no a parientes de residentes permanentes legales. También usted no puede recibir exención basada en un(a) hijo/hija como su pariente, tiene que ser su padre de familia o conyugue.
Otras exenciones I-601
Si usted no puede cumplir con todos los requisitos para la exención
I-601A, usted quizá pueda todavía cumplir con los requisitos para otras exenciones I-601, pero usted tendrá que salir del país y ser considerado inadmisible antes de que pueda aplicar. El proceso lo puede mantener fuera del país y alejado de su familia por un período de tiempo significantemente largo y porta gran riesgo de no poder volver a regresar.
Si usted o un ser querido tiene interés en obtener ciudadanía norteamericana o está enfrentando una deportación, por favor hable con los abogados de inmigración de la Firma Chávez, L.L.C. hoy o llene nuestro cuestionario en nuestra página de internet.